
clara que el permiso es sólo para utilizarse en actividades de “seguridad pública”.
México.- La Secretaría de la Defensa Nacional dio a conocer que los policías bancarios del Distrito Federal que prestan servicios de escolta a Andrés Manuel López Obrador, y que fueron detenidos en un retén militar en Sinaloa, infringieron la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, pues, contrario al permiso que se les otorgó, portaban pistolas fuera de la capital del país y las utilizaron en servicios de seguridad privada.
Estas irregularidades, de acuerdo con la legislación que regula la Licencia Oficial Colectiva número 6, expedida a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, pueden derivar en la suspensión o cancelación del permiso que concedió la Sedena a la corporación policial.
La autoridad castrense recordó que el 6 de enero pasado, personal militar del octavo Batallón de Infantería establecido en el puesto de control Villa Unión, en Mazatlán, Sinaloa, detuvo a 11 personas que iban en un convoy de tres vehículos con placas de circulación de la Ciudad de México, quienes portaban cinco pistolas calibre nueve milímetros y una calibre .380.
Los detenidos, agregó la Sedena en un comunicado, dijeron pertenecer a la Policía Bancaria e Industrial del DF, y se identificaron con credenciales de la SSP capitalina, aunque carecían de oficio de colaboración y sólo mostraron “un documento expedido por un organismo denominado Gobierno Legítimo de México”.
Otras dos personas se identificaron con credenciales del área de Comunicación Social del citado gobierno legítimo y las otras cuatro con micas del Instituto Federal Electoral.
No ampara servicios privados
La Sedena señaló que las cinco armas calibre nueve milímetros que portaban dichos elementos policiales están amparadas por la Licencia Oficial Colectiva expedida por la Dirección General de Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos a la SSP-DF, “la cual ampara el uso de armamento en su territorio y en actividades propias de su servicio, a excepción de la pistola calibre .380 automática”.
La dependencia destacó que las disposiciones para el otorgamiento de las licencias oficiales colectivas establecen que el personal operativo de la SSP capitalina tiene “estrictamente prohibido” utilizar el armamento incluido en este registro para proporcionar servicios de seguridad privada, toda vez que la licencia sólo autoriza el uso de armamento para servicios de seguridad pública.
La legislación en la materia refiere que la licencia es intransferible, por lo que el armamento deberá ser empleado exclusivamente por personal operativo de esa corporación para dar servicios de seguridad pública, dentro de los límites de este estado, “quedando prohibida su comercialización y transferencia”.
Riesgo de suspensión
La institución castrense detalló que esta licencia colectiva podrá suspenderse o cancelarse cuando sus poseedores hagan mal uso de las armas o del permiso, que se utilicen fuera de los lugares autorizados o se porten algunas no amparadas en el registro.
Debido a que los policías auxiliares infringieron todas estas disposiciones, la Sedena dejó en claro que la detención del personal de la Policía Bancaria e Industrial “se llevó a cabo con estricto apego al estado de derecho y sin distinción alguna de las personas que infringen algún precepto de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos”.
También, precisó que el personal militar respetó en todo momento los derechos fundamentales de los detenidos y que éstos, el armamento que portaban y los vehículos en que viajaban fueron puestos a disposición de las autoridades correspondientes.
En su comunicado, la Sedena refrendó su compromiso de “mantener un enlace respetuoso con las instituciones de gobierno”.
http://www.milenio.com/node/145145
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